viernes, 24 de marzo de 2017

RESUMEN: Primera Reunión General de Padre y Apoderados

  • Fecha: Martes 21 de marzo del 2017
  • Horario: 16:30
  • Tema: Convivencia escolar
  • Responsables: Dupla psico-social Escuela costanera - Encargada convivencia escolar

          Es de vital importancia que los padres se involucren en el proceso de aprendizaje de los hijos, es decir que deben conocer e interesarse por aquellos situaciones que los niños viven, hacen y aprenden en la escuela. pero eso no es todo, es necesario mantener un adecuado clima para una convivencia escolar al interior de la Escuela, para así favorecer el logro de los aprendizajes de los alumnos, y formar personas integrales y en ésta tarea debemos involucrarnos todos (estudiantes, padres, apoderados y comunidad educativa).

Lo anterior se encuentra normado a través del Reglamento de convivencia Escolar que es un documento legal aprobado por el Departamento de Educación Municipal DAEM; en éste documento se establecen los derechos y deberes de los alumnos (as), apoderados y de los miembros de la Comunidad educativa.
También se definen los distintos tipos de falta y sanciones.

          El rol de los padres y apoderados debe ser en primera instancia el que entrega hábitos, valores y principios. Ser participes activos ya que los profesores son sólo colaboradores temporales en ésta tarea, además deberán cubrir las necesidades básicas de sus hijos educación, alimentación, vestuario, salud, etc., si no que también el resguardo y protección que se requiere para evitar situaciones de vulneración de derechos (exposición a riesgos físicos y/o psicológicos, entre otros.) que afecten la integridad de los niños(as), lo cual se conoce como NEGLIGENCIA PARENTAL.

NEGLIGENCIA PARENTAL se define como un tipo  de maltrato infantil ejercida por padres y/o adultos responsables del niño(a).
(Convención Internacional de los derechos del niño - UNICEF; Ley de familia N° 19.968 del 1° de Octubre de 2005)



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